Descripción
Ayudas destinadas a financiar inversiones en materia de bioseguridad en el sector agrario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation
- Línea 1 : Subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.
- Línea 2 : Subvenciones a los operadores profesionales de categoría productor de determinados materiales vegetales que realicen inversiones en instalaciones de protección frente a insectos vectores.
- Tasa No requiere el pago de tasas
Requisitos
Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la , y no encontrarse sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Las empresas en crisis no pueden beneficiarse de las ayudas, excepto aquellas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Ser titular o propietario de un centro de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas, autorizado y registrado en la Comunidad de Madrid.Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la Comunidad de Madrid para producir Materiales Vegetales de Reproducción (MVR).Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción :Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar.Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.Viveros forestales.Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar.Campos de material de multiplicación de hortalizas.Presentar una solicitud de subvención para la inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, en la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la inversión.En caso de que el operador profesional cumpla los requisitos a) y b) y tenga varios sitios destinados a la producción de los descritos en el apartado c), deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción haga el operador profesional.#J-18808-Ljbffr