Descripción
Libros en blanco y Libros de contabilidad : dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio económico.
Las sociedades cooperativas deberán legalizar los siguientes libros :
Registro de socios y aportaciones a capital, de Actas de la Asamblea General y de Actas del órgano de administración.Libros de contabilidad obligatorios : de Inventario y Cuentas anuales y Diario, así como cualesquiera otros que vengan exigidos por disposiciones legales.
Destinatarios y / o requisitos
Las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.