Descripción
- Referencia 1738
- Tasa Trámite sujeto a tasas
- Descripción
Registro en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente lo decidan.
Las personas inscritas en el Registro pueden solicitar la modificación de los datos recogidos en la inscripción básica (también llamada nota o inscripción marginal), así como la cancelación de la inscripción.
Más informaciónDestinatarios y / o requisitos
Requisitos de los solicitantes
Pueden solicitar la inscripción en el Registro las personas que :
Sean mayores de edad o menores emancipados.Convivan en pareja de forma libre, pública y notoria.Lleven conviviendo de forma estable, al menos, durante un período ininterrumpido de doce meses (si acaba de cancelar una inscripción anterior recuerde que para solicitar una nueva debe de esperar doce meses desde la fecha de cancelación ya sea con la misma o con distinta pareja).Estar empadronados en el mismo domicilio durante un período ininterrumpido de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción y tener su residencia en la Comunidad de MadridSu estado civil sea uno de los siguientes : Soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.No estén unidos por vínculo de parentesco los miembros de la pareja (hasta tercer grado).No formen unión de hecho con otra persona.Cuya unión de hecho no esté inscrita en el Registro de otra Comunidad Autónoma. Si lo estuviera, debe cancelar dicha inscripción y esperar doce meses para inscribirse en la Comunidad de Madrid con distinta pareja. Si es la misma pareja no hace falta esperar los doce meses.No estén afectadas por una deficiencia o anomalía psíquica que no permita prestar consentimiento a la unión válidamente.Requisitos del trámite
Previamente a realizarse el acto presencial de inscripción ante el Registro (que consistirá en la firma ante el funcionario competente) se realiza el trámite de Solicitud de cita en el que se presentarán todos los documentos requeridos para su estudio y valoración por el Registro de Uniones de Hecho.La modificación y cancelación de la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho requiere solicitud de . Estos procedimientos son exclusivamente para aquellos ciudadanos que ya cuentan con una resolución favorable de inscripción.La solicitud de cita para la inscripción requiere la presentación de original y copia de todos los documentos exigidos. Si su presentación se realiza de forma electrónica, o no se dispone del documento original, el día del acto presencial de inscripción ante el Registro se deben presentar los originales.Tanto la inscripción como la cancelación de la inscripción requieren un acto presencial ante los encargados del Registro :En caso de inscripción, los solicitantes deben comparecer el día de la cita en el Registro con la tasa abonada y el documento de identidad en vigor.En caso de cancelación, se exigirá, según el caso :
Mutuo acuerdo de las partes : presencia de ambas partes.Muerte o declaración de fallecimiento : presencia del miembro de la unión de hecho sobreviviente.Matrimonio de ambos o de cualquiera de los miembros de la unión de hecho : al menos uno de los miembros.Separación de más de seis meses : presencia de ambas partes.Decisión unilateral : presencia del miembro de la unión que solicite la cancelación.Si ambos o el único miembro que estaba empadronado en territorio de la Comunidad de Madrid dejase de estar empadronado en cualquiera de los municipios del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid : presencia del miembro de la unión que solicite la cancelación.Cuando alguno de los dos miembros de la unión de hecho deje de estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid (solamente para parejas inscritas a partir del 23 de marzo de 2023) : presencia del miembro de la unión que solicite la cancelación.
Excepcionalmente, la cancelación podrá solicitarse mediante representante con poder notarial especial para ello, en el caso de que ningún interesado pueda acudir personalmente. Esta se realizará a través del formulario de solicitud específico para estos supuestos.Requisitos de la documentación
El original de la documentación extranjera, o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España, debe estar debidamente legalizada : La legalización sólo se podrá llevar a cabo por la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de Españoles en el Extranjero, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo en los casos en que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito. Sólo se aceptará documentación original.Todos los documentos expedidos en un idioma que no sea el castellano, deberán ser traducidos por Traductor / a-Intérprete Jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.Consulta el listado de traductores-intérpretes jurados en ejercicio en . A su vez, las embajadas, consulados y notarías disponen de traductores jurados habilitados para tal fin.Los Certificados de estado civil y del padrón municipal (no se admitirán volantes de empadronamientos) tendrán una validez de tres meses desde su expedición, teniendo que cumplir con este requisito de validez en la fecha de la presentación de la Solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.Certificado de estado civil a aportar por :Divorciados, anulados o separados judicialmente : Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.Solteros españoles : Declaración responsable de soltería ante el encargado del Registro de Uniones de Hecho. En caso de extranjeros, Certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería, según lo que establezca la ley de su país.Viudos : Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
El justificante de pago de la tasa (modelo 030)se presentará el día de la cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho. El pago de la tasa se realizará mediante autoliquidación, con carácter previo a la fecha de inscripción en una de las entidades de depósito colaboradora de la Comunidad de Madrid, recomendándose que se realice entre 2 y 7 días previos al día de la inscripción.Recuerda que si has autorizado la consulta del certificado de padrón y se obtiene un período de empadronamiento inferior a doce meses o no existen datos, deberás aportar un certificado de empadronamiento histórico.
Además, para la acreditación de los doce meses de empadronamiento conjunto de los miembros de la unión, serán válidos los certificados de Registros de Uniones de Hecho de cualquier Comunidad Autónoma o país perteneciente a la Unión Europea válidamente emitidos, así como los certificados de empadronamiento en cualquier municipio español.